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REQUERMIENTO SUBSANACIÓN SOLICITUDES ADHESIÓN AL PLAN DE ASISTENCIA ECONÓMICA, EN ESPECIE, DE SEGURIDAD VIAL URBANA (PASVU) 2026

Fin de plazo para subsanar y presentar alegaciones [19/05/2026]

Diputación Provincial de Almería

Fomento ,Infraestructuras, Vertebración del Territorio y Agua,Planificación

Planificación

Planes y Programas Provinciales - De Inversión - PLANES DE INVERSIÓN (FIVTA-FOMENTO) 2026

Publicado: 05/05/2026

REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES DE ADHESIÓN AL PLAN DE ASISTENCIA ECONÓMICA, EN ESPECIE, DE SEGURIDAD VIAL URBANA (PASVU) 2026.

El Pleno de la Diputación Provincial de Almería, mediante acuerdo número 20, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2026, aprobó, entre otros, el Plan de asistencia económica, en especie, de Seguridad Vial Urbana (PASVU) 2026.

El 1 de abril de 2026 se publicó la convocatoria del PASVU 2026 en el tablón de anuncios de la sede electrónica de esta Diputación Provincial (www.dipalme.org), iniciándose, desde el día siguiente a esta publicación, el plazo de un (1) mes para la presentación de solicitudes de adhesión al mismo.

Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes de adhesión al plan el día 4 de mayo de 2026, por orden del Diputado Delegado Especial de Sostenibilidad, Medio Natural y Captación de Fondos Europeos, del Área de Fomento, Infraestructuras, Vertebración del Territorio y Agua se procede a publicar en este tablón requerimiento de subsanación de las solicitudes de adhesión al PASVU 2026, según se especifica en el archivo que se adjunta con título "Rqto subs-aleg PASVU 2026”.

Este trámite de subsanación, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá realizarse en el plazo improrrogable de diez (10) días hábiles, a computar desde el día siguiente de esta publicación.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la tramitación de este procedimiento será electrónica, por lo que los documentos que se aporten como subsanación, y de conformidad con la Base 10.B) de las reguladoras del plan, se deben presentar por el procedimiento específico PLANES DE INVERSIÓN-PASVU 2026, a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial (www.dipalme.org), ‘Trámites online’- ‘Oficina virtual’, pudiendo, no obstante, acceder directamente al mismo a través de la siguiente URL: https://ov.dipalme.org/TiProceeding/funcionario?entrada=funcionario&idLogica=accesoDirecto&idExpediente=110900_SubsanaPlanesObras&idEntidad=400000

Los Ayuntamientos que no atiendan debidamente al requerimiento de subsanación en el plazo establecido se les tendrá por desistidos de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la LPAC.

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Rqto subs-aleg PASVU 2026.pdf 440 KB[descargar]